La Comunidad de Madrid continúa con su estrategia de
establecer medidas de restricción de movilidad y de actividad en zonas básicas
de salud (ZBS) de la región con mayor concentración de contagios por COVID19. De este modo, se establecerán 51 áreas sanitarias de 15 municipios con estas
medidas, tras incorporarse 18 zonas nuevas y excluir 13 que estaban
anteriormente y donde se ha registrado una clara mejoría.
El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha explicado desde la Real
Casa de Correos, sede del Gobierno autonómico, que se ha preparado una nueva
Orden, cuyo objetivo es actualizar la situación tras el rechazo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid a la restricción de movilidad para municipios de
más de 100.000 habitantes contemplada en la Orden del ministro de Sanidad,
Salvador Illa, y que fue publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid (BOCM).
Consejero de Sanidad Enrique Ruiz Escudero
El Gobierno regional elabora una nueva Orden de Sanidad
que contempla restricciones en 15 municipios de los 179 de la
región y a una población de 1,1 millón de habitantes, el 16% del
total de la anterior Orden que recogía 46 zonas básicas, salen 13
y entran 18 nuevas.
Las 51 áreas afectan a barrios de Madrid capital, Alcobendas,
Alcorcón, Aldea del Fresno, Villa del Prado, Arganda, Villalba,
Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Parla,
San Sebastián de los Reyes y Torrejón.
Los diez municipios de más de 100.000 habitantes incluidos
en la Orden ministerial mantienen las restricciones de actividad
y aforo
En las zonas básicas que se recuperan habrá perímetro de
movilidad y las mismas medidas de horarios
Las zonas básicas de salud con medidas afectan a los municipios de Madrid
capital, Alcobendas, Alcorcón, Aldea del Fresno, Villa del Prado, Arganda del Rey,
Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Parla, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz.
En concreto, en Madrid capital hay diez distritos con zonas afectadas: Abrantes,
Antonio Leyva, Comillas, Los Cármenes, Puerta Bonita y San Isidro
(Carabanchel); Lavapiés (Centro); Doctor Cirajas (Ciudad Lineal); Virgen de
Begoña (Fuencarral El Pardo); Vinateros Torito (Moratalaz); Alcalá de Guadaira,
Ángela Uriarte, Campo de la Paloma, Entrevías, Federica Montseny, Martínez de
la Riva, Numancia, Peña Prieta, Portazgo, Pozo del Tío Raimundo, Rafael Alberti
y San Diego (Puente de Vallecas); Almendrales, Las Calesas y Zofío (Usera);
Vicálvaro-Artilleros (Vicálvaro), Villa de Vallecas (Villa de Vallecas); Alcocer, El
Espinillo, San Andrés y San Cristóbal (Villaverde).
En el resto de municipios las zonas básicas seleccionadas son: Isabel II, Pintores
y San Blas (Parla); Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes); Las Fronteras
(Torrejón de Ardoz); Miraflores (Alcobendas); Doctor Trueta y Miguel Servet
(Alcorcón), Villa del Prado (Villa del Prado y Aldea del Fresno); Arganda del Rey
(Arganda del Rey); Sierra de Guadarrama (Collado Villalba); Colmenar Viejo Norte
(Colmenar Viejo); Valleaguado (Coslada); Alicante, Cuzco y Francia
(Fuenlabrada); Las Ciudades, Las Margaritas y Sánchez Morate (Getafe); y Marie
Curie (Leganés).
Estas zonas básicas afectan a una población de 1.091.295 madrileños, que
representan a un 16,4% del total de habitantes pero que en estos momentos
concentran el 24,4% de los contagios de toda la región.
Los criterios de la Dirección General de Salud Pública para establecer estas áreas
son una incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a los 750 casos por
cada 100.000 habitantes, la acumulada en los últimos 14 días con una tendencia
estable o creciente; y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de
la movilidad.
De la misma manera que se estableció en su momento el criterio de 1.000 casos
por 100.000 habitantes cuando había una incidencia media en la región de en
torno a 750 casos, la Dirección General de Salud Pública establece ahora el
umbral de 750 casos para las zonas afectadas, cuando en estos momentos la
Comunidad de Madrid registra una incidencia acumulada de en torno a 500 casos
a 14 días.
MEDIDAS EN LAS ÁREAS SANITARIAS CON RESTRICCIONES
En estas zonas básicas, como venía ocurriendo en las semanas anteriores, se
desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles. A la vez, se
establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio salvo en
situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores,
menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o
administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente
o de fuerza mayor.
Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los
perímetros municipales, para lo que se pondrá en marcha un dispositivo de
colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece a un tercio. En los velatorios
podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas
en el caso de ser lugares cerrados.
Los establecimientos de hostelería y restauración tienen limitado el aforo al 50%,
tanto en espacios interiores como exteriores, y no estará permitido el consumo en
barra. La ocupación de mesas será de un máximo de seis personas, no podrán
admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y deberán cerrar a las 23:00
horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
Los aforos en el comercio se bajan al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a
excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros
considerados esenciales. La actividad que se realice en academias, autoescuelas
y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 %.
Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre
como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de
la instalación en espacios interiores y el sesenta por ciento en espacios exteriores.
Se podrá realizar en grupos máximos de 6 personas.
En virtud de la Orden 668/2020, se sigue aplicando en toda la Comunidad de
Madrid el límite de 6 personas máximo en la participación en agrupaciones para
el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en
espacios públicos como privados, salvo que se trate de convivientes.
MEDIDAS DE AFORO Y HORARIOS
Por otro lado, los diez municipios con más de 100.000 habitantes afectados por
la Orden Ministerial no están afectados por las restricciones de movilidad pero
continuarán con las restricciones de aforo y horarios. Estos municipios son:
Madrid capital, Fuenlabrada, Alcorcón, Parla, Getafe, Leganés, Móstoles, Alcalá
de Henares, Torrejón de Ardoz y Alcobendas.
En estos diez municipios los establecimientos de hostelería y restauración tienen
limitado el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, y no estará
permitido el consumo en barra La ocupación de mesas será de un máximo de seis personas, no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y deberán cerrar a las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
Los aforos en el comercio se mantienen al 50% y su cierre será a las 22:00 horas,
a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y
otros considerados esenciales. La actividad que se realice en academias,
autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 %.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece a un tercio. En los velatorios
podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas
en el caso de ser lugares cerrados.
Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre
como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de
la instalación en espacios interiores y el sesenta por ciento en espacios exteriores.
Se podrá realizar en grupos máximos de 6 personas.
La nueva Orden de la Comunidad de Madrid estará en vigor durante los próximos
14 días y, como es habitual, se remitirá al Tribunal Superior de Justicia de Madrid
para solicitar su ratificación.