El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de
esta mañana, el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en
el orden sanitario, social y jurisdiccional, que se aplicarán tras la finalización del
estado de alarma, declarado por el RD 926/2020, de 25 de octubre para
contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. La
vigencia de dicho estado de alarma fue prorrogada hasta las 00:00 horas del
día 9 de mayo de 2021 en virtud del RD 956/2020, de 3 de noviembre.
A propuesta de la Vicepresidencia primera del Gobierno junto con los
ministerios de Justicia; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Trabajo y
Economía Social; para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Sanidad;
Derechos Sociales y Agenda 2030; Igualdad; e Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, el RD recoge las medidas destinadas a dar la necesaria cobertura jurídica y social a distintas situaciones de vulnerabilidad derivadas de la
situación de crisis sanitaria, económica y social ocasionadas por la pandemia
del COVID-19.
Establece una serie de medidas urgentes en el ámbito sanitario,
relativas al control en los puertos y aeropuertos de los pasajeros
que llegan a España.
Prorroga por 3 meses medidas extraordinarias como el suministro
de agua, electricidad y gas natural a colectivos vulnerables, a
víctimas de violencia de género y suspende los procedimientos y
lanzamientos de vivienda, entre otras.
Prevé la posibilidad de recurrir en casación ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo las medidas que
limiten o restrinjan derechos fundamentales, a fin de garantizar la
coherencia del sistema y mejorar la seguridad jurídica.