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Sanidad propone reuniones máximo diez personas hasta 1,30 horas en Navidad

El Consejo Interterritorial ha acordado hoy un
conjunto de medidas para la celebración de las próximas fiestas navideñas. El
objetivo es modificar ciertas costumbres para garantizar la seguridad y el control
de la pandemia procurando el menor impacto en el desarrollo de las fiestas.

Se deben tener siempre en cuenta las 6M: Mascarilla (uso de mascarilla
todo el tiempo posible), Manos (lavado de manos frecuente), Metros
(mantenimiento de la distancia física), Maximizar ventilación y actividades al aire
libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro
y factible según la temperatura), Minimizar número de contactos
(preferiblemente siempre la misma burbuja) y en caso de síntomas, diagnóstico
o contacto de un caso de COVID-19 “me quedo en casa”.

Entrada y salida en las CCAA y ciudades autónomas

El acuerdo señala que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las CCAA y
ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida prevista
en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, salvo para
aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por
alguno de los motivos previstos, así como para acudir a los lugares de
residencia habitual de familiares o allegados.

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Además, cabe destacar que lo previsto en este apartado no será de aplicaciónen Canarias ni Baleares debido a las características propias de la insularidad.En estos territorios se dispondrán de las medidas que resulten oportunas.
Encuentros con familiares y allegados
Respecto a los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas
y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se indica
que no se debe superar el número máximo de diez personas, salvo que se trate
de convivientes.

En todo caso, se recomienda que pertenezcan al mismo grupo de convivencia.
Además, se deberá tener especial precaución y cuidado con las personas en
situación de vulnerabilidad.
Por otro lado, se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las
vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de
prevención los 10 días antes. Además, deberán atenerse a las medidas
preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad autónoma. Y, una vez en
casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e
interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
Movilidad nocturna y eventos navideños
En cuanto a la movilidad nocturna en las noches del 24 al 25 de diciembre y del
31 de diciembre al 1 de enero las comunidades y ciudades autónomas harán
efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario
nocturno prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre,
pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitación comience,
como muy tarde a las 1:30 horas y únicamente para permitir el regreso al
domicilio. El acuerdo subraya que en ningún caso se utilizará esta ampliación
horaria para desplazarse a encuentros sociales.
Respecto a los eventos navideños, organizados entre el 23 de diciembre y el 6
de enero, las comunidades y ciudades autónomas no permitirán la celebración
de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se
garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de
“Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de
nueva normalidad por COVID-19 en España”.
Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el
cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas
estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales
o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones
telemáticas.
De forma general, será la autoridad sanitaria la que deberá evaluar los riesgos
de transmisión de SARSCoV-2 asociados a eventos o actividades
multitudinarias, previendo la adopción de medidas oportunas para reducir el
riesgo.

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